Programa de Estímulo para propietarios y/o usufructuarios de inmuebles donde se encuentren Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). |
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El Ayuntamiento de Mérida autoriza crear el Programa de Estímulo para propietarias y propietarios y/o usufructuarias y usufructuarios de inmuebles donde se encuentren funcionando u operando Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en el Municipio de Mérida, del sector Comercial, que tengan contratados dentro de su plantilla laboral a personas adultas mayores, personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia, personas liberadas y preliberadas, a fin de que puedan acceder a un estímulo respecto del pago del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2024; acciones mediante las cuales podrán acceder a una reducción con carácter de estímulo de hasta el quince por ciento (15%) sobre el monto principal del impuesto predial, base valor catastral, correspondiente al ejercicio fiscal 2024, respecto a la determinación anual de dicho impuesto.
Se entenderá por:
El otorgamiento del estímulo se determinará de conformidad a lo establecido en la siguiente tabla:
TIPO DE COMERCIO |
TOTAL DE TRABAJADORES EN LAS MIPYMES |
EMPLEADAS Y EMPLEADOS ADULTOS MAYORES Y/O PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y/O MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA Y/O PERSONAS LIBERADAS Y PRELIBERADAS |
ESTÍMULO |
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MICRO | Hasta 10 | De 1- 3 personas | 10% |
De 4-6 personas | 12% | ||
De 7-10 personas | 15% | ||
PEQUEÑA | De 11 a 30 | De 5-10 personas | 10% |
De 11-20 personas | 12% | ||
De 21-30 personas | 15% | ||
MEDIANA | De 31 a 100 | De 15-25 personas | 12% |
Las y los propietarios y/o las y los usufructuarios interesados en obtener el beneficio del Programa, deberán de realizar el trámite para el Dictamen respectivo ante la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal, cumpliendo con los requisitos que a continuación se establecen:
1) Presentar una solicitud con firma autógrafa, donde se detalle la cantidad de empleadas y empleados formales con que se cuenta, específicamente respecto a las personas adultas mayores y/o personas con discapacidad y/o mujeres víctimas de violencia y/o personas liberadas y preliberadas, acreditando que están dados de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social durante los seis meses anteriores a la solicitud y que la contratación de dicho personal sea por tiempo indeterminado.La Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal, será la encargada de analizar y revisar las solicitudes de las MIPYMES, así como de emitir el dictamen respectivo y en caso de ser procedente, aplicará el subsidio o estímulo que corresponda.
El estímulo a que hace referencia podrá ser acumulativo en lo dispuesto en los demás programas de apoyo sobre el impuesto predial, aprobados por el Cabildo para el ejercicio fiscal 2024, siempre y cuando la suma de los descuentos en el impuesto predial, no rebase el 50% del impuesto determinado en citado ejercicio.
Para el caso de que la propietaria y el propietario y/o la usufructuaria y el usufructuario solicitante del estímulo, haya realizado el pago total de la anualidad correspondiente al impuesto predial para el ejercicio fiscal 2024, y como resultado de aquella solicitud el predio resulte favorecido mediante la emisión del dictamen respectivo para acceder al beneficio del programa, con posterioridad a la realización del mencionado pago, se le reintegrará el porcentaje correspondiente a tal estímulo, mismo que se le otorgará mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de la o el beneficiado del estímulo que proporcione a la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal.
Vigencia del Programa:
Del 01 de enero hasta el 31 de agosto del año 2024
Acuerdo autorizado en la Gaceta Municipal 2,239 del 22 de diciembre de 2023.