Tesorería y Finanzas / Impuesto sobre la Adquisición de inmuebles

Programa de Estímulo para el pago del Impuesto sobre la Adquisición de inmuebles
 
 
 
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El Ayuntamiento de Mérida, consciente de la necesidad que impera en las familias, así como de la actual situación económica que hoy en día se vive, ha decidido actuar, en consecuencia, creando y ofreciendo programas de estímulo que beneficien a todo aquel ciudadano o ciudadana que adquiera un inmueble dentro del Municipio de Mérida.

Es objeto del Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles, toda adquisición del dominio de bienes inmuebles, que consistan en el suelo, en las construcciones adheridas a él, en ambos, o en derechos sobre los mismos, ubicados en el Municipio de Mérida, y que la base de dicho impuesto será el valor que resulte mayor entre el precio de adquisición, el valor contenido en la cédula catastral vigente y el valor contenido en el avalúo pericial, de conformidad con el artículo 56, primer párrafo, y artículo 58, primer párrafo, de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida.

El Ayuntamiento de Mérida autoriza crear un Programa de Estímulo para el pago del Impuesto sobre la Adquisición de inmuebles, el cual tendrá por objeto aplicar la tasa del 2.5% (dos punto cinco por ciento), del impuesto sobre Adquisición de Inmuebles que se causen, cuya base del impuesto sea de hasta $ 800,000.00 (Ochocientos Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional); la tasa del 3.0 % (tres por ciento) del impuesto sobre Adquisición de Inmuebles que se causen, cuya base del impuesto sea de $ 800,000.01 (Ochocientos Mil Pesos 01/100 Moneda Nacional) hasta $ 2, 800.000.00 (Dos Millones Ochocientos Mil Pesos 00/100); y la tasa del 3.5 % (tres punto cinco por ciento) del impuesto sobre Adquisición de Inmuebles que se causen, cuya base del impuesto sea de $ 2,800,000.01 (Dos Millones Ochocientos Mil Pesos 01/100 Moneda Nacional) hasta $ 12,000,000.00 (Doce Millones de Pesos 00/100 Moneda Nacional).

El presente Acuerdo aplicará para aquellas escrituras celebradas dentro del plazo de vigencia del uno de enero de dos mil veintidós al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós. Siendo el último día para realizar el pago con el estímulo otorgado en este Acuerdo, el trece de febrero de dos mil veintitrés
El beneficio a que se refiere el presente Acuerdo en ningún caso dará derecho a devolución de cantidad alguna.

Vigencia del Programa:

Del uno de enero de dos mil veintidós y concluirá el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós.

Acuerdo autorizado en: Gaceta Municipal 1,783 del 27 de diciembre de 2021. y Gaceta Municipal 1,943 Vespertina del 29 de agosto de 2022

 

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

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Colonia Centro C.P. 97000

Mérida, Yucatán, México



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