Tesorería y Finanzas / Licencia de Funcionamiento

Licencia de Funcionamiento
 
   
Revalida y de alta o baja tu Licencia de funcionamiento
     
¿Qué es una Licencia de Funcionamiento?
Es un permiso que otorga el Ayuntamiento de Mérida a través de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal, que permite a un negocio operar de manera legal.

¿Quiénes deben tramitar la Licencia de Funcionamiento?
Todas las personas y empresas que cuenten con un negocio comercial en su domicilio o en algún lugar establecido.
 
Obtén tu Licencia de Funcionamiento:

¿Qué necesito para obtener la licencia por Apertura de establecimientos comerciales, Cambio de giro comercial o Cambio de domicilio?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, debe presentar el formato de Inscripción al Registro Municipal de Contribuyentes (RMC) junto con los requisitos que se mencionan en él. Tramita aquí.
 
¿Cuál es el costo?

Para obtener la Licencia de Funcionamiento por Apertura, Cambio de giro comercial o Cambio de domicilio
deberá pagar un derecho de $217.14 (2 U.M.A.)

Licencias para establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas:
1.- De conformidad con el artículo 111 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, tratándose de apertura por la expedición de licencias para el funcionamiento de establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas y/o cerveza para su consumo en lugar diferente, se cobrará un derecho de acuerdo a lo siguiente:
Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Expendio de vinos, licores y cervezas en envase cerrado
$8,142.75
75
II.- Expendio de cerveza en envase cerrado
$5,428.50
50
III.- Supermercado
$21,714.00
200
IV.- Minisúper
$16,285.50
150
V.- Expendio de vinos y licores al por mayor
$21,714.00
200
*El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $108.57

 

2.- De conformidad con el artículo 112 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, tratándose de apertura por la expedición de licencias para el funcionamiento de giros dedicados al expendio de bebidas alcohólicas y/o cerveza para su consumo en el mismo lugar, se cobrará una cuota de acuerdo a lo siguiente:

Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Restaurante de primera "A"
$35,285.25
325
II.-Restaurante de primera "B"
$27,142.50
250
III.-Restaurante de primera "C"
$21,714.00
200
IV.-Restaurante de segunda "A"
$18,999.75
175
V.-Restaurante de segunda "B"
$16,285.50
150
VI.-Restaurante de segunda "C"
$13,571.25
125
VII.-Cantina y bar
$13,571.25
125
VIII.-Cabaret o centro nocturno
$67,856.25
625
IX.-Discotecas
$54,285.00
500
X.-Salones de baile
$13,571.25
125
* El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $108.57

Cuando por su denominación algún establecimiento no se encuentre comprendido en la clasificación anterior, se ubicará en aquél que por sus características le sea más semejante. Para los efectos de este artículo, se entenderá la clasificación de establecimientos especificada en el reglamento municipal correspondiente.

 
Revalida tu Licencia de Funcionamiento:

¿Cuándo vence la Licencia de Funcionamiento?
La Licencia tiene una vigencia que inicia a partir de la fecha de su expedición y finaliza el último día de la administración municipal que la expidió. Por lo que deberá REVALIDARLA durante los cuatro primeros meses de la nueva administración municipal, en ese tiempo la licencia aún seguirá vigente. Pasado el plazo y si no se revalidó, personal de la Tesorería Municipal tendrá la facultad de aplicar una multa de conformidad con lo establecido en el artículo 176 inciso d) de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida el cual cita textualmente: “No revalidar la licencia municipal de funcionamiento en los términos que dispone esta ley”, se sancionará con una multa de entre $1,085.70 (10 U.M.A.) y $1,628.55 (15 U.M.A.) la cual deberá ser pagada para obtener o revalidar la Licencia de Funcionamiento, de acuerdo al artículo 177 fracción II de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida.
 
¿Qué necesito para revalidarla?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, debe presentar el Formato de Revalidación de Licencias de Funcionamiento, Cambio de Propietario, Cambio de Denominación y Cierre de Establecimientos Comerciales junto con los requisitos que se mencionan en él. Tramita aquí
 
Para la Licencia de Funcionamiento para Mercados, presente los siguientes requisitos junto con el formato.
Requisitos:
+ Original de la Licencia de Funcionamiento
+ Copia del IFE o INE y C.U.R.P. del titular de la Licencia
+ Copia del recibo que ampara estar al día en el pago de derecho de piso
 
¿Cuál es el costo?
Para revalidar la Licencia de Funcionamiento para Negocios Comerciales y Mercados, deberá pagar un derecho de $217.14 (2 U.M.A.)
 
Licencias para establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas
De conformidad con el artículo 113 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, señala que por la revalidación de las licencias para el funcionamiento de los establecimientos que se relacionan en los artículos 111 y 112 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, se pagará un derecho conforme a la siguiente tarifa:
Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Expendio de vinos, licores y cervezas en envase cerrado
$1,628.55
15
II.-Expendio de cerveza en envase cerrado
$1,357.12
12.5
III.- Supermercado
$5,428.50
50
IV.-Minisúper
$4,071.37
37.5
V.-Expendio de vinos y licores al por mayor
$5,428.50
50
VI.- Restaurante de primera "A"
$8,821.31
81.25
VII.-Restaurante de primera "B"
$6,785.62
62.5
VIII.-Restaurante de primera "C"
$5,428.50
50
IX.-Restaurante de segunda "A"
$4,749.93
43.75
X.-Restaurante de segunda "B"
$4,071.37
37.5
XI.-Restaurante de segunda "C"
$3,392.81
31.25
XII.-Cantina y bar
$3,392.81
31.25
XIII.-Cabaret y centro nocturno
$16,964.06
156.25
XIV.-Discotecas
$13,571.25
125
XV.-Salón de baile
$3,392.81
31.25
* El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $108.57

Cuando por su denominación algún establecimiento no se encuentre comprendido en la clasificación anterior, se ubicará en aquél que por sus características le sea más semejante.
 
¿En dónde revalido o tramito la Licencia de Funcionamiento?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, puede hacerlo desde:
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Apertura de establecimientos comerciales (Alta), b) Cambio de giro comercial y c) Cambio de domicilio .
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Revalidación, b) Cambio de propietario del establecimiento, c) Cambio de denominación comercial del establecimiento y d) Cierre definitivo del establecimiento (Baja)

En cuanto a la Licencia de Funcionamiento para Mercados, el trámite se realiza sólo en el Departamento de Administración Tributaria de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal ubicado en la Calle 62 número 494 entre 59 y 61 de la Colonia Centro.
 
 
Recuerda que:

+ Antes de obtener la Licencia de Funcionamiento Municipal deberá contar con la Licencia de Uso de Suelo para Funcionamiento, dicha licencia es emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano; si se opera sin este permiso los inspectores de Desarrollo Urbano pueden clausurar dicho negocio.

+ Si ya cuenta con su Licencia de Funcionamiento, deberá REVALIDARLA durante los cuatro primeros meses de la nueva administración municipal.

+ El Ayuntamiento de Mérida podrá clausurar su negocio al no contar con dicha licencia.

+ Para el cambio de denominación, suspensión de actividades o baja definitiva, deberá acreditar con documentación fehaciente la titularidad o representación legal de la Licencia de Funcionamiento.

+ Si por algún motivo el negocio o comercio ya no continuará en funciones deberá tramitar la baja de la Licencia de Funcionamiento, para hacer del conocimiento de la Tesorería Municipal esta situación, ya que de lo contrario se presume que sigue en funcionamiento. Tramítalo aquí

+ El fundamento legal para la Licencia de Funcionamiento se encuentra en la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida vigente (artículo 31). En ésta se encuentran las infracciones y sanciones por los incumplimientos a dichos requerimientos de autoridad en los artículos 176 y 177.

+ Al notificarle al ciudadano infracciones o sanciones se generan gastos adicionales por concepto de Honorarios por notificación equivalentes a 1.5 veces de U.M.A, dicho importe no podrá exceder de la determinación que resulte del crédito fiscal (artículo 165).

Para dudas o aclaraciones comunicarse al Departamento de Administración Tributaria de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal al teléfono 999 942 0000, extensiones 80627 y 80623.


Trámites y Servicios:

Licencias de Funcionamiento
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Apertura de establecimientos comerciales (Alta), b) Cambio de giro comercial y c) Cambio de domicilio

Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Revalidación, b) Cambio de propietario del establecimiento, c) Cambio de denominación comercial del establecimiento y d) Cierre definitivo del establecimiento (Baja)

Licencia de Uso de Suelo y de Funcionamiento Municipal
   
Revalida y de alta o baja tu Licencia de funcionamiento
     
¿Qué es una Licencia de Funcionamiento?
Es un permiso que otorga el Ayuntamiento de Mérida a través de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal, que permite a un negocio operar de manera legal.

¿Quiénes deben tramitar la Licencia de Funcionamiento?
Todas las personas y empresas que cuenten con un negocio comercial en su domicilio o en algún lugar establecido.
 
Obtén tu Licencia de Funcionamiento:

¿Qué necesito para obtener la licencia por Apertura de establecimientos comerciales, Cambio de giro comercial o Cambio de domicilio?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, debe presentar el formato de Inscripción al Registro Municipal de Contribuyentes (RMC) junto con los requisitos que se mencionan en él. Tramita aquí.
 
¿Cuál es el costo?

Para obtener la Licencia de Funcionamiento por Apertura, Cambio de giro comercial o Cambio de domicilio
deberá pagar un derecho de $207.48 (2 U.M.A.)

Licencias para establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas:
1.- De conformidad con el artículo 111 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, tratándose de apertura por la expedición de licencias para el funcionamiento de establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas y/o cerveza para su consumo en lugar diferente, se cobrará un derecho de acuerdo a lo siguiente:
Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Expendio de vinos, licores y cervezas en envase cerrado
$7,780.50
75
II.- Expendio de cerveza en envase cerrado
$5,187.00
50
III.- Supermercado
$20,748.00
200
IV.- Minisúper
$15,561.00
150
V.- Expendio de vinos y licores al por mayor
$20,748.00
200
*El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $103.74

 

2.- De conformidad con el artículo 112 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, tratándose de apertura por la expedición de licencias para el funcionamiento de giros dedicados al expendio de bebidas alcohólicas y/o cerveza para su consumo en el mismo lugar, se cobrará una cuota de acuerdo a lo siguiente:

Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Restaurante de primera "A"
$33,715.50
325
II.-Restaurante de primera "B"
$25,935.00
250
III.-Restaurante de primera "C"
$20,748.00
200
IV.-Restaurante de segunda "A"
$18,154.50
175
V.-Restaurante de segunda "B"
$15,561.00
150
VI.-Restaurante de segunda "C"
$12,967.50
125
VII.-Cantina y bar
$12,967.50
125
VIII.-Cabaret o centro nocturno
$64,837.50
625
IX.-Discotecas
$51,870.00
500
X.-Salones de baile
$12,967.50
125
* El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $103.74

Cuando por su denominación algún establecimiento no se encuentre comprendido en la clasificación anterior, se ubicará en aquél que por sus características le sea más semejante. Para los efectos de este artículo, se entenderá la clasificación de establecimientos especificada en el reglamento municipal correspondiente.

 
Revalida tu Licencia de Funcionamiento:

¿Cuándo vence la Licencia de Funcionamiento?
La Licencia tiene una vigencia que inicia a partir de la fecha de su expedición y finaliza el último día de la administración municipal que la expidió. Por lo que deberá REVALIDARLA durante los cuatro primeros meses de la nueva administración municipal, en ese tiempo la licencia aún seguirá vigente. Pasado el plazo y si no se revalidó, personal de la Tesorería Municipal tendrá la facultad de aplicar una multa de conformidad con lo establecido en el artículo 176 inciso d) de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida el cual cita textualmente: “No revalidar la licencia municipal de funcionamiento en los términos que dispone esta ley”, se sancionará con una multa de entre $1,037.40 (10 U.M.A.) y $1,556.10 (15 U.M.A.) la cual deberá ser pagada para obtener o revalidar la Licencia de Funcionamiento, de acuerdo al artículo 177 fracción II de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida.
 
¿Qué necesito para revalidarla?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, debe presentar el Formato de Revalidación de Licencias de Funcionamiento, Cambio de Propietario, Cambio de Denominación y Cierre de Establecimientos Comerciales junto con los requisitos que se mencionan en él. Tramita aquí
 
Para la Licencia de Funcionamiento para Mercados, presente los siguientes requisitos junto con el formato.
Requisitos:
+ Original de la Licencia de Funcionamiento
+ Copia del IFE o INE y C.U.R.P. del titular de la Licencia
+ Copia del recibo que ampara estar al día en el pago de derecho de piso
 
¿Cuál es el costo?
Para revalidar la Licencia de Funcionamiento para Negocios Comerciales y Mercados, deberá pagar un derecho de $207.48 (2 U.M.A.)
 
Licencias para establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas
De conformidad con el artículo 113 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, señala que por la revalidación de las licencias para el funcionamiento de los establecimientos que se relacionan en los artículos 111 y 112 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, se pagará un derecho conforme a la siguiente tarifa:
Tipo de establecimiento
Derecho a pagar
U.M.A.
I.- Expendio de vinos, licores y cervezas en envase cerrado
$1,556.10
15
II.-Expendio de cerveza en envase cerrado
$1,296.75
12.5
III.- Supermercado
$5,187.00
50
IV.-Minisúper
$3,890.25
37.5
V.-Expendio de vinos y licores al por mayor
$5,187.00
50
VI.- Restaurante de primera "A"
$8,428.88
81.25
VII.-Restaurante de primera "B"
$6,483.75
62.5
VIII.-Restaurante de primera "C"
$5,187.00
50
IX.-Restaurante de segunda "A"
$4,538.63
43.75
X.-Restaurante de segunda "B"
$3,890.25
37.5
XI.-Restaurante de segunda "C"
$3,241.88
31.25
XII.-Cantina y bar
$3,241.88
31.25
XIII.-Cabaret y centro nocturno
$16,209.38
156.25
XIV.-Discotecas
$12,967.50
125
XV.-Salón de baile
$3,241.88
31.25
* El valor vigente de la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) es de $103.74

Cuando por su denominación algún establecimiento no se encuentre comprendido en la clasificación anterior, se ubicará en aquél que por sus características le sea más semejante.
 
¿En dónde revalido o tramito la Licencia de Funcionamiento?
Para la Licencia de Funcionamiento Municipal para Negocios Comerciales, puede hacerlo desde:
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Apertura de establecimientos comerciales (Alta), b) Cambio de giro comercial y c) Cambio de domicilio .
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Revalidación, b) Cambio de propietario del establecimiento, c) Cambio de denominación comercial del establecimiento y d) Cierre definitivo del establecimiento (Baja)

En cuanto a la Licencia de Funcionamiento para Mercados, el trámite se realiza sólo en el Departamento de Administración Tributaria de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal ubicado en la Calle 62 número 494 entre 59 y 61 de la Colonia Centro.
 
 
Recuerda que:

+ Antes de obtener la Licencia de Funcionamiento Municipal deberá contar con la Licencia de Uso de Suelo para Funcionamiento, dicha licencia es emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano; si se opera sin este permiso los inspectores de Desarrollo Urbano pueden clausurar dicho negocio.

+ Si ya cuenta con su Licencia de Funcionamiento, deberá REVALIDARLA durante los cuatro primeros meses de la nueva administración municipal.

+ El Ayuntamiento de Mérida podrá clausurar su negocio al no contar con dicha licencia.

+ Para el cambio de denominación, suspensión de actividades o baja definitiva, deberá acreditar con documentación fehaciente la titularidad o representación legal de la Licencia de Funcionamiento.

+ Si por algún motivo el negocio o comercio ya no continuará en funciones deberá tramitar la baja de la Licencia de Funcionamiento, para hacer del conocimiento de la Tesorería Municipal esta situación, ya que de lo contrario se presume que sigue en funcionamiento. Tramítalo aquí

+ El fundamento legal para la Licencia de Funcionamiento se encuentra en la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida vigente (artículo 31). En ésta se encuentran las infracciones y sanciones por los incumplimientos a dichos requerimientos de autoridad en los artículos 176 y 177.

+ Al notificarle al ciudadano infracciones o sanciones se generan gastos adicionales por concepto de Honorarios por notificación equivalentes a 1.5 veces de U.M.A, dicho importe no podrá exceder de la determinación que resulte del crédito fiscal (artículo 165).

Para dudas o aclaraciones comunicarse al Departamento de Administración Tributaria de la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal al teléfono 999 942 0000, extensiones 80627 y 80623..


Trámites y Servicios:

Licencias de Funcionamiento
Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Apertura de establecimientos comerciales (Alta), b) Cambio de giro comercial y c) Cambio de domicilio

Licencia de Funcionamiento Municipal por: a) Revalidación, b) Cambio de propietario del establecimiento, c) Cambio de denominación comercial del establecimiento y d) Cierre definitivo del establecimiento (Baja)

Licencia de Uso de Suelo y de Funcionamiento Municipal
 

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

Calle 62 s/n, Palacio Municipal

Colonia Centro C.P. 97000

Mérida, Yucatán, México



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