Sistema Individual para el Retiro y Jubilación Municipal - SIRJUM

El Sistema Individual para el Retiro y Jubilación Municipal (SIRJUM), cuenta con los recursos económicos para financiar las obligaciones laborales que el Ayuntamiento tiene con sus trabajadores ante la eventualidad de: Retiro, Jubilación, Incapacidad y Muerte, creando una base del ahorro para el retiro de manera paulatina y participativa con las cuotas que aportan el trabajador y el Ayuntamiento, apegados a un reglamento de operación para que sean administrados de manera transparente a través de un comité integrado por trabajadores, funcionarios y regidores del Ayuntamiento, del cual se derivan los siguientes fondos:

Fondo Estabilizador: Tiene por objeto el financiamiento de los beneficios por invalidez y muerte, a través de la contratación de seguros, así como el de las pensiones mínimas garantizadas, y fortalecer el fondo de riesgo de trabajo, en caso de insuficiencia de éste.

Fondo del Sistema Individual para el Retiro y Jubilación: Está integrado por cuantas individuales de cada trabajador para el pago de pensiones por concepto de jubilación.

Fondo de Riesgo de Trabajo: Tiene por objeto cubrir las necesidades provenientes de la pensión por incapacidad a consecuencia de algún riesgo de trabajo.

  • Se autorizó la creación de este fondo, mediante acuerdo aprobado por el cabildo el día 17 de noviembre de 2000
  • En Sesión Extraordinaria de Cabildo el 20 de diciembre de 2001, se autorizó reconocer como propio el contrato de fideicomiso 160648-2 y en virtud de ser un contrato que excede el período constitucional de la Administración Municipal, tal y como lo ordena el artículo 82 fracción VII de la Constitución del Estado y el artículo 38 fracción I inciso G) de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Yucatán, se obtuvo la autorización del poder Legislativo Estatal mediante decreto número 123 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 17 de mayo de 2002, en el cual el Congreso del Estado autorizó al Ayuntamiento de Mérida la celebración de un contrato de fideicomiso cuyo fondo tendrá como fin la formación y financiamiento del “Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal”.
  • El 15 de julio de 2002 el Ayuntamiento y el Sindicato suscribieron las Reglas de Operación que crean el Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal. El Ayuntamiento formalizó el 17 de octubre de 2002 el contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración número 160715-2 con el Banco Nacional de México S.A., Integrante del Grupo Financiero Banamex, con un saldo invertido en el patrimonio del fideicomiso transitorio número 160648-2 por la cantidad de $ 44,510,400.18.

El patrimonio del fideicomiso se integra con cuotas aportadas por los trabajadores y aportaciones que realice el Ayuntamiento de manera mensual para incrementar el patrimonio del fideicomiso a los conceptos siguientes:

  • Fondo Estabilizador: Cuotas aportadas por los trabajadores 1.1% de la base de cotización.
  • Riesgo de Trabajo: Aportaciones realizadas por el Ayuntamiento equivalentes al .5% de la base de cotización de cada trabajador.
  • Cuentas individuales: Cuotas aportadas por los trabajadores equivalentes al 2.5% de su base de cotización y Aportaciones realizadas por el Ayuntamiento equivalentes al 7.0% de la base de cotización de cada trabajador.

Primera Modificación

El Comité Técnico presentó al H. Ayuntamiento de Mérida, la propuesta para ampliar el tiempo de capitalización del Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal “SIRJUM” hasta el 31 de enero del año 2014, tiempo durante el cual se realizarían los estudios correspondientes para determinar el plazo de capitalización definitivo que pudiera garantizar las obligaciones patronales del Ayuntamiento con sus trabajadores por concepto de jubilaciones o pensiones por riesgo de trabajo.

En Sesión Ordinaria de fecha de 31 de mayo de 2013, el H. Cabildo autorizó ampliar el periodo de capitalización del Fondo Estabilizador y los saldos de las Cuentas Individuales, establecido en el Artículo Segundo Transitorio de las Reglas de Operación del Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal (SIRJUM), hasta el 31 de enero del 2014 con efectos retroactivos al 15 de julio de 2012.

Los demás artículos de las Reglas de Operación del Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal (SIRJUM), quedaron en todo su vigor y fuerza legales.

La propuesta aprobada de la 1era Modificación de las Reglas de Operación se suscribió a los tres días del mes de junio del año dos mil trece.

Segunda Modificación

Con fecha veintisiete de enero del 2014, en Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del SIRJUM, se presentó el resultado de los estudios y valuación relativa al plazo de capitalización. Como consecuencia de lo anterior, en Sesión Extraordinaria del 30 de enero de 2014 el Ayuntamiento de Mérida autorizó ampliar el periodo de capitalización del Fondo Estabilizador y los saldos de las Cuentas Individuales establecidos en el Artículo Segundo Transitorio de las Reglas de Operación del Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal (SIRJUM), hasta el 31 de julio del 2017, en razón a los resultados de los estudios actuariales practicados.

La propuesta aprobada de la 2da Modificación de las Reglas de Operación se suscribió a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil catorce.

Modificación Manual de Procedimientos

En Sesión Ordinaria de fecha de doce de febrero de 2014, el Ayuntamiento de Mérida autorizó modificar el plazo señalado en el Manual de Procedimientos que reglamenta el funcionamiento del Contrato de Fideicomiso del Inversión y Administración F-160715-2 de fecha de diecisiete de octubre de dos mil dos, relativo al Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal “SIRJUM”, en su cláusula Segunda, punto 1, párrafo primero.

La Modificación Manual de Procedimientos se suscribió a los dieciocho días del mes de febrero de 2014.

Tercera Modificación

El 11 de septiembre de 2017 en Sesión de Cabildo, el Ayuntamiento de Mérida autorizó la modificación de las Reglas de Operación que responde a las sugerencias y recomendaciones efectuadas por la Unidad de Contraloría Municipal de la Auditoria 2013 de los art. 2, 27 y 42 y autorizadas por el Comité Técnico del “SIRJUM” en Sesión Ordinaria el pasado 02 de diciembre de 2016, lo cual permitirá ajustar conceptos y actual operación de dichas Reglas.

La propuesta aprobada de la 3ra Modificación de las Reglas de Operación se suscribió a los catorce días del mes de septiembre de 2017

Cuarta Modificación

El 12 de octubre de 2017 en Sesión de Cabildo, el Ayuntamiento de Mérida autoriza modificar el Artículo Segundo Transitorio de las Reglas de Operación del Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal, “SIRJUM”, con efectos retroactivos al treinta de julio de 2017. El Comité Técnico aprobó una nueva versión de modificación de dichas reglas, con la finalidad de ampliar de manera indefinida el periodo de capitalización del Fondo estabilizador y los saldos de las cuentas individuales en el ya señalado en el artículo segundo transitorio, esto hasta que un estudio actuarial indique el término del plazo de capitalización.

La propuesta aprobada de la 4ta modificación de las Reglas de Operación se suscribió a los diecinueve días del mes de octubre de año dos mil siete.

Modificación del Convenio

El Comité Técnico del SIRJUM, mediante Sesión Ordinaria de fecha siete de diciembre del dos mil veinte, aprobó la sustitución de fiduciario y con fecha seis de mayo del 2021, aprobó el proyecto de convenio de sustitución fiduciaria del contrato de fideicomiso de inversión y administración denominado convencionalmente "Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal" (SIRJUM).

El Ayuntamiento de Mérida el día quince del mes de junio del año dos mil veintiuno autorizó celebrar el Convenio de Sustitución Fiduciaria del Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración denominado convencionalmente "Sistema Individual de Retiro y Jubilación Municipal", ("El Fideicomiso SIRJUM"), identificado administrativamente con el número F/1045, antes 160715-2, con las personas morales denominadas “Banco Nacional de México”, Sociedad Anónima, Integrante del Grupo Financiero Banamex, División Fiduciaria y “Bursamétrica Casa de Bolsa”, Sociedad Anónima de Capital Variable. Dicho convenio fue suscrito el 17 de junio de 2021.

Integración

El fideicomiso se integra de la siguiente manera:

  • El Fideicomitente: El Municipio de Mérida, Yucatán y los trabajadores del mismo que desean realizar aportaciones al fondo del fideicomiso.
  • El Fiduciario: Bursamétrica Casa De Bolsa, Sociedad Anónima de Capital Variable.
  • Fideicomisarios: Los trabajadores al servicio del Municipio de Mérida respecto a las aportaciones que realicen, así como el Municipio de Mérida, Yucatán.

Comité Técnico

Órgano de Administración del Fideicomiso. Integrado por:

  • Director de Finanzas y Tesorero Municipal como Presidente.
  • Director de Gobernación.
  • Regidores que integran la Comisión Especial de Administración.
  • El Sindicato de los Trabajadores al Servicio del Municipio de Mérida.
  • Director de Administración como Secretario.
  • Subdirector de Recursos Humanos como Prosecretario