Tesorería y Finanzas / Adquisición de Vivienda Social

Programa de Apoyo para la Adquisición de Vivienda Social, nueva o usada, en la Zona Primaria 1 Consolidación Urbana (ZCO) o en la Zona Primaria 2 Crecimiento Urbano (ZCR)
 
 
 
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¿Qué se entiende por Vivienda Social?

Es la casa habitación cuyo valor no exceda del equivalente a 158 veces la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A), elevado al mes, al momento en que se realice la adquisición del bien. El valor que se tomará en cuenta para determinar si la casa-habitación es objeto del subsidio, será el valor que resulte mayor entre el precio de la adquisición, el valor contenido en la cédula catastral vigente y el valor contenido en el avalúo pericial.

Objetivo:
Coadyuvar en la consolidación y compactación urbana, así como en el fortalecimiento de una Mérida equitativa y solidaria. Dicho programa se encuentra dirigido a las y los adquirentes de un inmueble ubicado en la “Zona Primaria 1 Consolidación Urbana (ZCO)” o en la “Zona Primaria 2 Crecimiento Urbano (ZCR)”, mediante el otorgamiento de un estímulo consistente en la cantidad de $ 2,000.00 (Son: Dos mil pesos 00/100 MN).

Cómo obtenerlo:

La o el Adquirente deberá llenar el formulario; a través del cual se señalan y validan los siguientes requisitos:

    El folio catastral y nomenclatura del inmueble.

    Nombre del Fedatario Público con quien se celebró la adquisición, así como la fecha y número de escritura.

    Haber pagado el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles de la referida Adquisición.

    Haber manifestado ante la Dirección de Catastro, la traslación de dominio.

    El Uso del Predio deberá ser única y exclusivamente: habitacional de acuerdo a lo establecido en la Cédula Catastral.

    Haber cubierto la anualidad del Impuesto Predial base Valor Catastral correspondiente al ejercicio fiscal 2021.


Consideraciones adicionales:

    La y el propietario adquirente, presentará la solicitud respectiva con sus datos para contactarlo junto con una identificación oficial con fotografía. Dicha solicitud, también podrá ser presentada por quien legalmente representa a aquél. Cuando se trate de Personas morales adicionalmente se deberá adjuntar:

    Para el caso de que la adquisición del predio se realice en copropiedad, se deberá exhibir la carta poder en la que conste la anuencia* de las y los adquirentes para recibir el estímulo.

    Las adquisiciones que serán objeto de éste estímulo, son aquellas cuya fecha de escritura se encuentran comprendidas del 02/01/2021 al 31/08/2021


¿Cómo saber si obtengo el subsidio?

La Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal dictaminará la procedencia o no del Subsidio dentro de un plazo máximo de 7 días hábiles contados a partir de la recepción de dicha solicitud, informándole al adquirente el resultado de dicho dictamen.

Vigencia del Programa:

Del 01 de enero del 2021 al 31 de agosto del 2021.

Acuerdo autorizado en la Gaceta Municipal 1,539 del 21 de diciembre de 2020.

Tramita tu Programa de Apoyo para la Adquisición de Vivienda Social, nueva o usada, en la Zona Primaria 1 Consolidación Urbana (ZCO) o en la Zona Primaria 2 Crecimiento Urbano (ZCR)
 

AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA

Calle 62 s/n, Palacio Municipal

Colonia Centro C.P. 97000

Mérida, Yucatán, México



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